Asesoría legal y fiscal especializada para organizaciones que necesitan obtener, conservar o proteger su autorización para recibir donativos deducibles.
Más de 20 años de experiencia real en criterios, revisión y operación institucional vinculada con donatarias.




Las organizaciones sólidas previenen antes de reaccionar.
Estructuramos jurídicamente la organización y construimos un expediente técnicamente sólido.

Eso significa conocer desde dentro:
Qué inicia revisiones
Qué errores escalan riesgos
Qué documentación resiste auditoría
Qué cambios conviene implementar primero
Cómo reducir exposición institucional
La diferencia entre reaccionar y anticiparse suele medirse en dinero, tiempo y reputación.
Comunícate con nosotros al dsg@equilibiummx.com si no puedes encontrar una respuesta a tu pregunta.
Sí, el incumplimiento de esta obligación es una causa para la pérdida de la autorización para recibir donativos deducibles. Además, podrías enfrentar sanciones adicionales, como multas. Agregar una respuesta a este punto.
Sí, el incumplimiento de esta obligación es una causa para la pérdida de la autorización para recibir donativos deducibles. Además, podrías enfrentar sanciones adicionales, como multas. Agregar una respuesta a este punto.
Perderás la autorización en el ejercicio fiscal de 2025. Mediante la publicación del ANEXO 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2026.
Las consecuencias son graves. Además de no poder emitir CFDI por donativos deducibles, tu organización dejará de tributar como una persona moral con fines no lucrativos. A partir de 2026, entrarás en el Régimen General, lo que te obligará a pagar impuestos sobre tus ingresos y cumplir con otras obligaciones fiscales, aumentando significativamente la carga administrativa.
Debes presentar la declaración de transparencia omitida y pagar la multa correspondiente. En algunos casos, podrías calificar para una reducción de la multa, dependiendo de tu situación particular. Posteriormente, deberás solicitar una nueva autorización para recibir donativos deducibles.
No, la nueva autorización no es automática. El SAT revisará nuevamente que tu organización cumpla con todos los requisitos y supuestos establecidos. Por ello, es esencial que, al presentar tu solicitud, todos los documentos estén completos y correctos según los criterios vigentes.
Sí, tienes 12 meses desde la fecha en que pierdes la autorización para obtener una nueva. Si no lo haces en ese plazo, el patrimonio de tu organización deberá ser destinado a otra donataria autorizada.
El tiempo puede variar según el SAT. Sin embargo, presentar la documentación completa y correcta desde el inicio evitará retrasos, requerimientos adicionales o resoluciones negativas que obliguen a volver a presentar la solicitud.